Llevar a cabo todos los actos necesarios para administrar la cartera del fondo, en el caso de que ésta no sea tercerizada, así como ejercer todos los derechos inherentes a los activos que la integren, dentro de los límites legales y de las reglas establecidas por la CVM.
Contratar obligatoriamente a un auditor externo que deberá estar registrado en la CVM para auditar los estados contables del fondo.
Contratar, si fuera el caso, a otra persona o empresa, debidamente acreditada por la CVM, para gestionar (GESTOR) la cartera del fondo.
Contratar a terceros legalmente habilitados para prestar los siguientes servicios referentes a las actividades del fondo: actividades de tesorería y de control y procesamiento de los activos financieros, registro de la emisión y rescate de cuotas, custodia, consultoría de inversión, distribución de cuotas y calificación de riesgo por agencia especializada (obligatorio cuando el administrador no esté debidamente acreditado o autorizado para prestar servicios).
Asimismo, una de las principales obligaciones del administrador de un fondo de inversión es divulgar informaciones a los inversores con la frecuencia, plazo y contenido definidos por la reglamentación de la CVM. Esta divulgación debe abarcar de forma imparcial a todos los cuotistas.