Teniendo en cuenta que la contraloría se subdivide en contraloría de activos, contraloría de pasivos y contabilidad, a continuación describimos las principales actividades inherentes a cada una de ellas:
Contraloría de activos: (i) provisión de los gastos de los fondos y carteras en conformidad con las informaciones facilitadas por el administrador del fondo/club o cliente, según el caso; (ii) administración de los asientos de caja relacionados con el pago de gastos de los fondos/clubes o carteras, tales como tasa de auditoría, tasa de fiscalización de la CVM, tasa de administración y otros; (iii) fijación de precios de los activos e instrumentos financieros de los fondos/clubes o carteras en conformidad con metodología definida y auditable prevista en el Manual de Fijación de Precio de Itaú Unibanco debidamente registrado en ANBIMA (“Fijación de Precio”); (iv) averiguación del patrimonio neto; (viii) averiguación del valor de la cuota(*); (v) generación de informaciones para la contabilidad de los fondos/clubes y carteras; y (vi) emisión de informes con las posiciones actualizadas de activos, caja y cuotas.
Contraloría de pasivos (aplicable únicamente a fondos/clubes): (i) puesta a disposición de sistema que efectúe el registro y el mantenimiento del registro del cuotista; (ii) control de las posiciones individuales e historial de los movimiento de los cuotistas; (iii) liquidación de los eventos de amortización de cuotas de los fondos; (iv) liquidación de los eventos de emisión y rescate de cuotas; (v) procesamiento de casos de cisión, absorción y cierre de los fondos, pero sin limitarse a tales eventos; (vi) procesamiento de los eventos de transformación y disolución de los clubes; (vii) actualización del saldo de los cuotistas; (viii) averiguación, retención y liquidación de tributos; (ix) emisión de avisos, informes y resúmenes a los cuotistas; (x) anotación de gravámenes que recaigan sobre las cuotas, cuando corresponda, según instrucciones del administrador de los fondos/clubes; (xi) conciliación de los créditos provenientes de los movimientos financieros de los cuotistas con la cuenta corriente de los respectivos fondos/clubes; (xii) prestación de informaciones y cumplimiento de órdenes de autoridades judiciales, órganos reguladores y depositarios centrales; y (xiii) generación de informaciones para la contabilidad de fondos/clubes.
Contabilidad (aplicable solamente a los fondos/clubes): (i) realización diaria de los asientos contables referentes a las informaciones recibidas de los controles de activo y pasivo; (ii) preparación de los estados contables para dejarlos listos para su publicación; (iii) contabilización e inclusión en los estados contables de casos de escisión, absorción y cierre, pero sin limitarse a tales eventos; (iv) conciliación de los estados contables con las informaciones obtenidas de la contraloría de activo y pasivo, debiéndose guardar los documentos que lo comprueben; (v) retención de tasas e impuestos cuando corresponda; y (vi) atención a la auditoría externa e interna y a los órganos reguladores.
Obs. 1: las actividades anteriormente mencionadas constan en el Código de Servicios Cualificados ANBIMA y están sujetas a modificaciones en caso de que se edite una nueva versión del Código de Servicios Cualificados de ANBIMA.